TESTIMONIO: VISTO: La Ordenanza Preparatoria 31/00, sancionada con fecha 27-04-2000, que autoriza al Departamento Ejecutivo a gestionar la tramitación de un préstamo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires para cancelar compromisos contraídos durante el ejercicio 1999, como consecuencia de la emergencia agropecuaria por la que atraviesa un considerable número de Partidos de la Provincia de Buenos Aires, incluído Balcarce, y CONSIDERANDO: Que con fecha 2 de agosto de 2000, el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha resuelto que la Municipalidad de Balcarce tiene suficiente capacidad financiera, para contratar el préstamo y que el destino del mismo "Cancelación de Deuda Flotante al cierre del ejercicio 1999", encuadra en las disposiciones legales en vigencia. Que el monto máximo que puede solicitarse asciende a $ 442.777.33.- Que toda esta documentación consta en expediente 5300-3113 del 24-05-2000. Que corresponde sancionar la Ordenanza definitiva para concretar la Operación. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: ORDENANZA (DEFINITIVA) Nº 111/00 -------------------------------- ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a contratar un ------------ préstamo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires de Pesos Cuatrocientos cuarenta mil ($ 440.000.-) en las siguientes condiciones: Plazo y forma de pago: Hasta seis (6) años con servicios de amortización semestrales y consecutivos.- Interés: La renta activa que establece la Ley Provincial Nº 10753, pagadero mensualmente.-------------------------------------- ARTICULO 2.- El monto total del préstamo será destinado a cancelar los ------------ compromisos contraídos durante el ejercicio 1999, ocasionados por el estado de emergencia en el que se encuentra un gran porcentaje de las parcelas rurales del Partido de Balcarce, tratándose de un caso de fuerza mayor o fortuito contemplado en el artículo 46º, inciso 2º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades.----------------- ARTICULO 3.- Las obligaciones de pago a asumir por la Municipalidad ------------ derivadas del endeudamiento autorizado por el artículo 1º de la presente, serán garantizadas mediante la cesión al Banco de los derechos emergentes de la recaudación de Tasas y Tributos Municipales y de los fondos que por la Coparticipación de Impuestos Nacionales y Provinciales le corresponden a la Comuna.----------------------------- ARTICULO 4.- El Departamento Ejecutivo deberá prever en los futuros ------------ presupuestos los créditos necesarios para atender los servicios de amortización e intereses del préstamo hasta su total cancelación.---------------------------------------------------------- ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.---------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil. FIRMADO: Dr. Fabián D. Ridao - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.----------------------------